DECLARACIÓN PÚBLICA
Como Dirección de Salud Municipal consideramos necesario aclarar a la
comunidad, una información difundida públicamente por un concejal, que no
corresponde a la realidad y puede generar confusión entre las vecinas y vecinos.
Como institución pública, tenemos el deber de informar con transparencia y
responsabilidad, especialmente cuando se trata de materias que involucran
recursos municipales y decisiones que afectan directamente a nuestra comunidad
y más aún en temas tan sensibles como el fallecimiento de uno de nuestros
funcionarios.
Se trata de las declaraciones emitidas por un Concejal en la sesión del Concejo
Municipal correspondiente al martes 18 de agosto del 2026, donde señala que no
se entregaron las facilidades básicas a los funcionarios de esta Dirección para
asistir y participar de la ceremonia fúnebre de la funcionaria
En ese contexto es necesario aclarar lo siguiente:
-El alcalde no tuvo participación en las gestiones administrativas que estaba
realizando la Dirección Comunal de Salud y la directora del CESFAM Norte.
Asimismo, no impartió ninguna instrucción ni directriz respecto de dichas
actuaciones, por cuanto se trataba de materias propias del ámbito interno y
administrativo de la Dirección Comunal de Salud.
-En consecuencia, las decisiones y gestiones realizadas en este contexto
correspondieron a la Dirección Comunal de Salud, dentro del ámbito de sus
competencias, sin que existiera instrucción, autorización o intervención del alcalde
en dichas actuaciones.
En mi calidad de encargada de la Dirección comunal de salud y ante la necesidad
de evaluar la posibilidad de disponer de un vehículo municipal para el traslado de
funcionarios en horario laboral con motivo del funeral de una colega realizado
fuera de la comuna, específicamente en la comuna de Quilleco, realicé las
consultas correspondientes a la unidad de Bienestar y al Área Jurídica Municipal.
-Se me informó que no era procedente utilizar un vehículo municipal para efectuar
dicho traslado, debido a las restricciones establecidas por la normativa que regula
el uso y circulación de vehículos fiscales y municipales, particularmente el Decreto
N.º 799 del Ministerio del Interior.
El no disponer de un vehículo municipal para el traslado al funeral en la comuna
de Quilleco obedeció exclusivamente a razones de carácter legal y administrativo,
y no a una decisión discrecional, personal o arbitraria, sino al cumplimiento de la
normativa que regula el uso correcto de los vehículos municipales.
-Sin duda entendemos profundamente el apego y cariño de los funcionarios hacia
la colega como también para nuestra Institución, sin embargo, no debemos olvidar
que nos regimos por leyes y reglamentos.
-Por otra parte, ante la consulta de los funcionarios de asistir en su totalidad a la
ceremonia fúnebre, se les señaló que podrían hacerlo por grupos y de manera
organizada, sin descuidar la continuidad del servicio del Cesfam Norte.
-En definitiva es importante aclarar que nunca se negó a los funcionarios la
posibilidad de asistir y participar de la ceremonia fúnebre de la funcionaria.
La Municipalidad respeta las atribuciones de los concejales y el legítimo ejercicio
de fiscalización. Sin embargo, fiscalizar no significa desinformar. Las diferencias
de opinión son parte de la democracia, pero estas deben expresarse sobre la base
de hechos y antecedentes objetivos.
Nuestro compromiso seguirá siendo trabajar con responsabilidad, transparencia y
de cara a la ciudadanía, entregando información clara y verificable sobre la gestión
municipal en salud.
Los Ángeles merece un debate público serio, responsable y especialmente basado
en la verdad.
Armenia Campos
Encargada Comunal de Salud
Los Ángeles, Agosto 19, 2026
